Al hablar de acepciones, tenemos entendido que el derecho tiene diversos significados: Derecho positivo, vigente, objetivo, subjetivo, real y personal, los cuales se explican a detalle:
Derecho positivo y Derecho vigente
El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas,escritas por una soberanía que regulan efectivamente la vida de un pueblo , es decir, en una época determinada, aun en el caso de que haya dejado de estar vigente por haber sido abrogadas o derogadas.
Se apliacara a diario en los casos individuales que se presenten en la sociedad, en pocas palabras es aquel que se cumple por el grupo social.
El derecho vigente rige la conducta humana en un momento determinado y que no ha sido abrogado o derogado, la vigencia deriva siempre de una serie de supuestos, los cuales cambian con las diversas normas jurídicas, de tal forma es el conjunto de normas que en una determinada época y lugar, el poder público ha considerado como obligatorias mientras dure su vigencia.
Derecho real y Derecho personal
El derecho real es la facultad correspondiente a una persona sobre una cosa específica y sin sujeto pasivo individualmente determinado contra quien aquella pueda dirigirse,en otro punto de vista este derecho es el poder jurídico que se ejerce directa e indirectamente sobre una cosa para aprovecharla total o parcialmente y que debe ser respetado por todos los individuos.
El derecho personal es el que vincula a dos personas, se deriva de una relación jurídica preexistente que las faculta para exigir el cumplimiento de una obligación.

Derecho positivo y Derecho vigente
El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas,escritas por una soberanía que regulan efectivamente la vida de un pueblo , es decir, en una época determinada, aun en el caso de que haya dejado de estar vigente por haber sido abrogadas o derogadas.
Se apliacara a diario en los casos individuales que se presenten en la sociedad, en pocas palabras es aquel que se cumple por el grupo social.
El derecho vigente rige la conducta humana en un momento determinado y que no ha sido abrogado o derogado, la vigencia deriva siempre de una serie de supuestos, los cuales cambian con las diversas normas jurídicas, de tal forma es el conjunto de normas que en una determinada época y lugar, el poder público ha considerado como obligatorias mientras dure su vigencia.
Derecho objetivo y Derecho subjetivo
El derecho objetivo es un conjunto de reglas que ademas de que otorgan derechos ,establecen o imponen obligaciones que rigen para una convivencia de los hombres en sociedad y son normas que emanan del poder público.
El derecho subjetivo es la facultad que tiene un sujeto para ejecutar un acto con determinada conducta o abstenerse de ella, o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de su deber, así mismo nace por una norma jurídica, que puede ser una ley o un contrato, a través de un acuerdo de voluntades para que pueda hacerse efectivo este derecho sobre otra persona determinada.
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Derecho objetivo |
Derecho subjetivo |
El derecho real es la facultad correspondiente a una persona sobre una cosa específica y sin sujeto pasivo individualmente determinado contra quien aquella pueda dirigirse,en otro punto de vista este derecho es el poder jurídico que se ejerce directa e indirectamente sobre una cosa para aprovecharla total o parcialmente y que debe ser respetado por todos los individuos.
El derecho personal es el que vincula a dos personas, se deriva de una relación jurídica preexistente que las faculta para exigir el cumplimiento de una obligación.
